domingo, 4 de mayo de 2014

LA MUJER ADÚLTERA



Un análisis de Juan 8:1-11 "La mujer adúltera"


De acuerdo con la mayoría de los estudiosos, Juan 8:1-11 es un episodio que existía aparte de los otros textos. C.H Dodd en su gran libro la interpretación del Cuarto Evangélio (1977) pag. 457 dice:

La perícopa de la mujer adúltera  (7:53-8:11) en el Textus Receptus, es omitida por no ser parte del texto original de este evangelio”.[1]

De hecho sólo más tarde habría sido anexado al evangelio de Juan. Sin embargo este pasaje se encuentra dislocado, interrumpiendo la secuencia. Además de eso, el lenguaje usado está muy parecido con el de Lucas que para el propio de Juan. Es por eso que el pasaje enfrenta problemas de autenticidad textual. Los manuscritos más antiguos y otros testimonios de la antigüedad no incluyen este pasaje en el Evangelio de Juan. En algunos códices que contienen el relato, éste aparece a continuación de 7:44, al final del Evangelio de Juan, o después de Lucas 21:38. El pasaje tiene evidencia de contener alguna tradición antigua que fue incluida tardíamente en los escritos canónicos. Además, la naturaleza del relato coincide con el carácter del Señor Jesús y su criterio para enfrentar situaciones como la que se presenta en el episodio.

Todo parece indicar que esta perícopa entró en el evangelio de Juan por causa de del texto de Juan 8:15-16,

v. 15 Vosotros juzgáis según la carne; yo no juzgo a nadie.
16 Pero si yo juzgo, mi juicio es verdadero; porque no soy yo solo, sino yo y el Padre que me envió.


Este es uno de aquellos pasajes de la Biblia que ha sido interpretado sesgadamente, y se ha convertido en un texto de apelación para impedir cualquier tipo de juicio o disciplina en la iglesia.

La pregunta central que debe clarificarse para entender correctamente el pasaje es: ¿Cuál es el propósito de este relato? ¿Qué es lo que se quiere enfatizar o presentar? Tal vez una gran mayoría diría que este pasaje tiene la intención de enseñar que nadie está capacitado para juzgar a otro porque todos somos pecadores. Sin embargo, como veremos este NO es el propósito del relato.
La clave para entender la intención del autor se halla en la expresión:

 Ellos preguntaron esto para ponerlo a prueba,
y tener así de qué acusarlo.” (8:6a)

Este relato es semejante a otro episodio en que los enemigos de Jesús intentaron también sorprenderle con una pregunta difícil: ¿Es lícito dar tributo a César, o no? ¿Daremos, o no daremos? Mas él, percibiendo la hipocresía de ellos, les dijo: ¿Por qué me tentáis? Traedme la moneda para que la vea. Ellos se la trajeron; y les dijo: ¿De quién es esta imagen y la inscripción? Ellos le dijeron: De César. Respondiendo Jesús, les dijo: Dad a César lo que es de César, y a Dios lo que es de Dios. Y se maravillaron de él.” Marcos 12:14-17.

Vamos a analizar entonces el pasaje. Los escribas y fariseos vienen a Jesús en el momento mismo en que él se encontraba enseñando al pueblo en el templo. Traen consigo a una mujer que había sido sorprendida en “el acto mismo de adulterio.” Luego, piden a Jesús que se pronuncie sobre qué se debiera hacer en tal circunstancia, considerando según ellos que la ley mosaica ordenaba apedrear a “tales mujeres”. El autor del pasaje aclara entonces las intenciones de los escribas y fariseos: “Mas esto decían tentándole, para poder acusarle.”

La respuesta del Señor demuestra su sabiduría para salir de circunstancias aparentemente sin salida. Hay varias cosas en el relato que indican que los fariseos planearon sorprender a Jesús para acusarlo de algo. Ellos vinieron a él justo en el momento en que enseñaba en público. Traen a una mujer sorprendida en adulterio, pero no traen consigo al adúltero. Según la ley mosaica la pena de muerte recaía sobre ambos adúlteros
“Si un hombre cometiere adulterio con la mujer de su prójimo, el adúltero y la adúltera indefectiblemente serán muertos” Levítico 20:10.

Esto indica que ellos no estaban interesados en la justicia sino en acusar al Señor de algún delito.



¿Cuál era, entonces, la trampa de los fariseos y escribas? Si Jesús hubiera dicho que no se debía apedrear a la mujer lo hubieran acusado de negar la Ley de Moisés (un delito muy grave en la cultura judía). Por otro lado, si él hubiera apoyado la ejecución de la mujer, lo hubieran acusado de incitar a aplicar justicia sin acudir a los tribunales romanos. 
Según la ley romana no se permitía a los judíos ejecutar a nadie. No importaría la opción que Jesús tomara ambas respuestas acarreaban acusación contra Él. Se observa también, que para ellos la sentencia ya está decretada. Ellos representantes del sistema opresor, se estaban beneficiando de la estructura legal para legislar en contra de los otros. Se consideraban jueces de un tribunal superior que iba más allá de la Ley de Dios, y estaban preparados para dar sentencia contra la mujer adúltera y contra Jesús.

Como fue en el caso de la pregunta sobre los impuestos (Marcos 12:14-17), el Señor Jesús respondió con una sabiduría de una naturaleza tal que no hubiera forma de acusarle a Él de ningún delito. La respuesta fue sencilla pero poderosa:

v.7 Luego, como seguían preguntándole, se enderezó y les dijo:
—Aquel de ustedes que no tenga pecado,
que le tire la primera piedra

El resto de la historia describe cómo los acusadores no fueron capaces de luchar contra su propia conciencia que los declaraba culpables también de otros pecados. Finalmente, quedaron Jesús y la mujer. Cuando Jesús le dice a la adúltera, “ninguno te condenó”, no está diciendo “ninguno fue capaz de decir que lo que tú hacías estaba malo” sino “ninguno quiso lapidarte.”

Luego, el Señor dice:

Ni yo te condeno; vete, y no peques más.” (8:11).

Es decir, Jesús le dice que Él tampoco está interesado en apedrearla sino en que ella tenga la oportunidad de abandonar el pecado y restaurar su vida. De ninguna forma la respuesta del Señor tiene la intención de avalar el pecado, sino de dar a entender que todos tienen la oportunidad de dejar el pecado y vivir en rectitud.

¿Qué entonces acerca de la autoridad de la iglesia para juzgar el pecado? La Biblia enseña no solamente que la iglesia debe juzgar el pecado, sino que es un deber de los creyentes el no permitir el pecado en la iglesia. Veamos los siguientes pasajes:

“Por tanto, si tu hermano peca contra ti, ve y repréndele estando tú y él solos; si te oyere, has ganado a tu hermano. Más si no te oyere, toma aún contigo a uno o dos, para que en boca de dos o tres testigos conste toda palabra. Si no los oyere a ellos, dilo a la iglesia; y si no oyere a la iglesia, tenle por gentil y publicano” Mateo 18:17-18.

Este pasaje muestra que el solo hecho de la negativa a perdonar se constituye en una falta que la iglesia debe sancionar, declarando al rebelde como no creyente.

“De cierto se oye que hay entre vosotros fornicación, y tal fornicación cual ni aun se nombra entre los gentiles; tanto que alguno tiene la mujer de su padre. Y vosotros estáis envanecidos. ¿No debierais más bien haberos lamentado, para que fuese quitado de en medio de vosotros el que cometió tal acción? Ciertamente yo, como ausente en cuerpo, pero presente en espíritu, ya como presente he juzgado al que tal cosa ha hecho” 1 Corintios 5:1-3

Pablo no piensa que está inhabilitado para emitir juicio sobre el pecado sino al contrario.

“Os he escrito por carta, que no os juntéis con los fornicarios; no absolutamente con los fornicarios de este mundo, o con los avaros, o con los ladrones, o con los idólatras; pues en tal caso os sería necesario salir del mundo. Más bien os escribí que no os juntéis con ninguno que, llamándose hermano, fuere fornicario, o avaro, o idólatra, o maldiciente, o borracho, o ladrón; con el tal ni aun comáis. Porque ¿qué razón tendría yo para juzgar a los que están fuera? ¿No juzgáis vosotros a los que están dentro? Porque a los que están fuera, Dios juzgará. Quitad, pues, a ese perverso de entre vosotros” 1 Corintios 5:9-13.

Este pasaje es particularmente importante para guiar la actitud que debemos tener hacia los pecadores fuera de la iglesia y a los pecadores dentro de la iglesia. La iglesia debe juzgar a los de conducta reprobable dentro de la iglesia, y dejar a Dios el juicio para los de afuera. No sirve de mucho que la iglesia se enfrasque en una lucha contra los pecadores de la sociedad, más bien debe estar dispuesta a anunciar la redención en Cristo a tales pecadores, para darles esperanza de perdón y restauración, y aceptarlos con amor si ellos vienen a Cristo y dejan su pecado, cualquiera haya sido en lo que estaban involucrados.
__________________

[1] Textus Receptus término en latín que significa "texto recibido", es el nombre por el cual se conoce el texto griego del Nuevo Testamento editado por Erasmo de Rotterdam (Desiderius Erasmus) e impreso por primera vez en 1516 y luego, corregido, en 1519, 1522, 1527 y 1533.

SOLI DEO GLORIA

REV. RUBEN DARIO DAZA

No hay comentarios:

Publicar un comentario